Cobertura urgente de necesidades de personal

Hasta el 22 N. Ayuntamiento de Granada. Cobertura interina varias plazas Dirección General Derechos Sociales. 17 Trabajadores/as sociales, 13 educadores/as sociales, 4 psicología. Inspect. veterinario. Fase de concurso y prueba de conocimientos. Selección a través de Anuncios.Formación, empleo, oposiciones y RR.HH.

BOP (08/11/2018)
Estado: Activo
Ayto.Granada

PERSONAL, RECURSOS HUMANOS Y SERVICIOS GENERALES
Cobertura interina varias plazas  Dirección General Derechos Sociales

EL Concejal Delegado de Personal, Contratación y Organización, con fecha 29 de octubre de 2018, ha dictado el Decreto que literalmente dice:
«Visto informe emitido por la Jefa del Servicio de Selección, que lleva el conforme del Director General de Personal, Recursos Humanos y Servicios Generales, y que, literalmente, dice:
“ La Orden de 3 de mayo de 2018, de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía, aprobó las bases reguladoras par la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a entidades locales para el diseño, implantación, ejecución y desarrollo de los Planes Locales de Intervención en zonas desfavorecidas en Andalucía ( PLIZ), en el ámbito de las competencias de dicha Consejería.
El artículo 2,b) de dicha Orden identifica la LINEA 2 de subvención que tiene por objeto implantación, ejecución y desarrollo de los PLIZ a través del refuerzo de personal en los servicios sociales comunitarios.
La Orden de 3 de julio de 2018 de la citada Consejería, convocó la concesión de subvenciones de la LINEA 2, estableciendo en la disposición 5 que los PLIZ deberán contemplar un período de ejecución y desarrollo de al menos cuatro años, debiendo abarcar dicho período del 1 de septiembre de 2018 al 31 de agosto de 2022, fijándose en su Anexo I las cuantías máximas a financiar para refuerzo de personal necesario para dicha Línea.
En base a la cuantía asignada al Ayuntamiento de Granada, la Dirección General de Derechos Sociales, Educación y Accesibilidad ha presentado solicitud de subvención para financiar 17 Trabajadores/as Sociales, 13 Educadores/as Sociales y 4 Psicólogos/as.
Planteada al Servicio de Selección de Personal la necesidad de contar con los profesionales referidos, se da la circunstancia de que las bolsas para ofrecimiento de interinidades de programas de dichas categorías de que se dispone en este Servicio, se encuentran practicamente agotadas, existiendo muy pocos o ningún participante en los respectivos procesos selectivos realizados hace años en ejecución de ofertas públicas de empleo, con al menos un ejercicio aprobado, como se acordó el 25 de abril de 2018 entre la Dirección General de Personal y representantes sindicales con respecto al personal necesario para la LINEA 2, con lo que no podrían atenderse, acudiendo a las bolsas, las necesidades de personal planteadas.
Atendiendo a lo expuesto, y en consecuencia con dicho acuerdo y con las Normas Generales de Gestión de Bolsas de Trabajo y Procesos Selectivos para Coberturas Urgentes de Necesidades de Personal, publicadas en BOP nº 154, de 13 de agosto de 2018, y dado que la competencia para la autorización de las coberturas interinas la tiene atribuida el Concejal Delegado de Personal, Contratación y Organización, según la delegación de competencias efectuada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 20 de mayo de 2016, publicada en el B.O.P. de 2 de junio de 2016, se propone a esa Delegación, si lo estima procedente, dicte resolución para la autorización de la cobertura de las necesidades de personal indicadas, así como iniciar convocatoria de proceso selectivo, que se publicaría en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, en la que se considera debieran contemplarse las siguientes bases mínimas:
DENOMINACIÓN DE LAS PLAZAS a cubrir en la modalidad de “interinidad para ejecución de programas de carácter temporal “

17 TRABAJADORES/AS SOCIALES
13 EDUCADORES/AS SOCIALES
4 PSICÓLOGOS/AS

Finalizada la selección y antes de formular propuesta de nombramiento como interinos de los aspirantes que obtuvieran las mayores puntuaciones, se ofrecerá la interinidad a las personas que figuren con al menos un ejercicio aprobado en las bolsas disponibles en el Servicio de Selección de Personal, de conformidad con acuerdo de 25 de abril de 2018 suscrito entre la Dirección General de Personal y representantes sindicales con respecto al personal necesario para la LINEA 2.

1.- REQUISITOS.
Para ser admitidos a la Convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión de las titulaciones siguientes:
Trabajador/a Social , Diplomatura o Grado en Trabajo Social. 
Educador/a Social, Diplomatura o Grado en Educación Social, o Habilitación profesional a que se refiere el Art. 23,b) de la Orden de 3 de mayo de 2018 (conforme a lo establecido en la disposición transitoria cuarta de la Ley 9/2005, de 31 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Educadores Sociales de Andalucía.)
Psicólogo/a: Licenciatura o Grado en Psicología.

En el caso de invocar un título equivalente al exigido o titulación obtenida en el Extranjero, el aspirante deberá acreditar que está en posesión de la correspondiente convalidación y homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.
Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán cumplirse por el aspirante el día en que finalice el plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta la toma de posesión.
2.- SOLICITUDES.-
Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento y/o en las Oficinas Desconcentradas de Información y Registro de las Juntas Municipales de Distrito o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según los dispuesto en la Disposición final séptima, durante un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente a la publicación de la mencionada convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada.
Se adjuntará a dichas solicitudes la fotocopia simple del DNI, de los documentos oficiales acreditativos de los requisitos, y de los méritos que se deseen aportar.
Los méritos que obren en poder de este Ayuntamiento se podrán acreditar de oficio, a petición de la persona interesada.
La documentación original deberá ser presentada por los aspirantes, en el caso de ser seleccionados, para su cotejo.

3.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.-
Constará de una fase de concurso y una prueba de conocimientos.
FASE DE CONCURSO
Se valorará la experiencia profesional, la formación y los ejercicios aprobados en la misma categoría o similar, según el baremo establecido en el punto 8.1 de las Normas publicadas en BOP el 13/08/18.
No serán tenidos en cuenta los méritos que no se acrediten en el plazo de presentación de solicitudes. En el supuesto de que el Órgano de Selección considere que un mérito de los alegados debe ser aclarado, podrá recabar mayor información o documentación a los aspirantes.
Los méritos que obren en poder de este Ayuntamiento se podrán acreditar de oficio, a petición de la persona interesada.
PRUEBA DE CONOCIMIENTOS
De carácter obligatorio, igual para todos/as los/as aspirantes de la misma categoría profesional , consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico para la cual habrá de conocerse la normativa de aplicación al área de competencias atribuidas a las necesidades a cubrir, siendo los conocimientos mínimos a exigir propuestos por la Coordinación General de Derechos Sociales, Educación y Accesibilidad:
1º.- Comunes a las tres categorías profesionales, en materia de desarrollo comunitario, mediación e igualdad de género:
1- Medidas previstas en la ERACIS (Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inclusión Social). El Plan Local de Intervención en zonas desfavorecidas.
2- Intervención individual/familiar, grupal y comunitaria desde los Servicios Sociales Comunitarios.
3- La coordinación desde los Servicios Sociales con los diferentes sistemas de protección (educación, salud, empleo, vivienda y otros).
4- La tutorización y mediación en materia de inserción socio-laboral de personas en situación de pobreza, vulnerabilidad, riesgo y exclusión social.
5- Actuaciones de promoción de hábitos saludables y preventivos enfocadas especialmente a personas menores y jóvenes en colaboración con los y las profesionales sanitarios.
6- La mediación y el Desarrollo Comunitario.
7- Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía. Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.
8- Menores en situación de riesgo social. Factores de riesgo y protección. Indicadores.
9- Minorías étnicas. Interculturalidad y diversidad. 

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2º.- Específicos para Trabajadores/as Sociales:

1-Trabajo social y la Renta mínima de Inserción Social de Andalucía.
2-Abordaje de las situaciones de dependencia en el ámbito familiar. Protocolo de coordinación social y sanitaria.
3- Trabajo social y actuaciones en materia de vivienda que redundan en una mayor inclusión y cohesión social en el territorio. Acceso a las ayudas existentes. Apoyo y asesoramiento para aquellas personas que necesiten la regularización jurídica de su vivienda habitual. Coordinación y colaboración con los dispositivos y administraciones competentes
4- Prestaciones garantizadas y condicionadas de los Servicios Sociales. Las ayudas económicas familiares.
5- La inserción sociolaboral de colectivos en situación de exclusión social.

3º.- Específicos para Educadores/as Sociales:

1- Las actuaciones de intermediación entre las familias y la comunidad educativa que permitan incrementar el éxito académico y reducir el abandono escolar, el absentismo y la desescolarización.
2- Acompañamiento en el paso de la educación al empleo (asesoramiento, alfabetización digital, formación ocupacional y profesional).
3- Intervenciones encaminadas a facilitar el acceso al empleo mediante asesoramiento sobre habilidades sociales necesarias, acceso al autoempleo, alfabetización digital, etc.
4-Entrenamiento en habilidades sociales y resolución de problemas, así como en el establecimiento de pautas y horarios normalizados para aquellas personas que no los han adquirido o que por diversas razones los han perdido desde la educación social.
5- Menores en situación de conflicto. La Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de responsabilidad penal del menor.
6- Programación de actuaciones que incrementan la socialización de las personas, a través de talleres y diferentes actuaciones organizadas con esta finalidad.

4º.- Específicos para Psicólogos/as:
1-El abordaje de las drogodependencias y adicciones desde los Servicios sociales comunitarios. Coordinación con la red asistencial en materia de drogodependencias.
2-Enfermedad mental, personas con diversidad funcional. La patología dual.
3-Evaluación psicológica y del daño emocional en menores en situación de riesgo/desamparo.
4-Diagnóstico e intervención psicosocial de las personas participantes, teniendo en cuenta las estructuras de personalidad y sus desajustes en su desarrollo psicoevolutivo y en su momento del ciclo vital.
5-Menores en situación de conflicto. La Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de responsabilidad penal del menor.
6-Psicología positiva. Gestión de competencias. Enfoque sistémico.

La prueba será elaborada por la Comisión inmediatamente antes de su celebración, determinando así mismo el tiempo que se conceda a los/as aspirantes para su realización.

4.- SISTEMA DE CALIFICACIÓN.-
La puntuación máxima a obtener en la fase de concurso será de 10,00 puntos.
– La prueba de conocimientos se valorará de 0 a 12 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 6 puntos. La no superación de la prueba implicará para el/la aspirante la exclusión del proceso selectivo.
– La puntuación total del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y la prueba de conocimientos.

– En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en la prueba de conocimientos. De persistir la igualdad, se resolverá por orden alfabético de apellidos, comenzando por la letra que haya resultado en el sorteo previsto en el artículo 17 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, realizado por la Secretaría de Estado de Función Pública.
5.- ADMISIÓN DE LOS/AS ASPIRANTES.
Finalizado el plazo de presentación de instancias se publicará un anuncio con la relación de admitidos/as y excluidos/as, en los tablones de Edictos de la Corporación y en la página web del Ayuntamiento de Granada (www.granada.org).
Los/las aspirantes excluidos/as dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del correspondiente anuncio, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.
6.- COMISIÓN DE SELECCIÓN.
Estará formada por un Presidente/a y suplente, dos Vocales, titulares y suplentes y un/a Secretario/a, titular y suplente, debiendo ajustarse su composición a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer.

7.- ANUNCIOS.
Los anuncios, tanto de los resultados de la fase de concurso como de la prueba de conocimientos, se harán públicos en los Tablones de Edictos de la Corporación y página web del Ayuntamiento de Granada, disponiendo las personas interesadas de un plazo de cinco días hábiles para formular las alegaciones que estimen oportunas.
Una vez finalizados los plazos establecidos y resueltas las reclamaciones, se hará público el anuncio definitivo en el que se relacionarán las personas participantes que han superado el proceso selectivo, por orden de puntuación.
Esta relación de participantes será utilizada para coberturas temporales de las necesidades que pudieran surgir en este Ayuntamiento en la categoría objeto de la selección, hasta que se ejecute el proceso selectivo correspondiente a una Oferta de Empleo Público, aplicándose, para el ofrecimiento de interinidades o contratos, los criterios establecidos en los Artículos 5 y 6 de las “ Normas Generales de Gestión de bolsa de Trabajo y procesos selectivos para coberturas urgentes de necesidades de personal” publicadas en BOP nº 154 de 13 de agosto de 2018.
Las Bolsas resultantes de estas selecciones dejarán sin efecto las existentes de la misma categoría, de conformidad con el artículo 2 de las Normas Generales de Gestión de bolsa de Trabajo aludidas arriba, en los términos acordados en la reunión con las secciones sindicales el 25 de abril de 2018.
TERCERO.- Ordenar la publicación de esta convocatoria de proceso selectivo en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada y el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento.
Una vez comenzado el proceso selectivo, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos en la página web municipal y en el Tablón de Edictos.»

Lo que se hará publico para general conocimiento.
Granada, 30 de octubre de 2018
EL CONCEJAL DELEGADO DE PERSONAL
CONTRATACIÓN Y ORGANIZACIÓN

Fdo. Baldomero Oliver León

Nota:El plazo de solicitud es de 10 días hábiles, desde el 9 hasta el 22 de noviembre, ambos inclusive

– Enlace al impreso a la solicitud: Instancia general

– Enlace a la Sede electrónica, presentación on line con certificado: https://sedeelectronica.granada.org/3webc/inicioWebc.do?opcion=ssl&entidad=&redirige=M3dlYmMvZmljaGFBc3VudG8uZG8/b3BjaW9uPTAmYXNhc19pZGVfYXN1PTY0NiZydXRhPS93ZWJjL2FzdW50b3NNYXNVc3VhbGVzLmRvP29wY2lvbj0wIXBlcmlvZG89MA==

 

Son selecciones que se realizan para cobertura urgente de necesidades de personal , de plazas de las que no se dispone de listas resultantes de ejecución de ofertas de empleo público de la categoría necesaria.

Puede consultar las normas generales de gestión a través del siguiente enlace: Normas generales de gestión de bolsa de trabajo y procesos selectivos para coberturas urgentes de necesidad de personal

Cobertura interina: Trabaj y educ. sociales, psicólogos/as, inspect. veterinario

          https://www.granada.org/inet/personal.nsf/selxanuncios
En esta página se muestran los procesos selectivos por anuncios.