Mancomunidad de la vid y el mármol
VIDIMAR. Bolsa de trabajo. Asesoría jurídica. El carácter del contrato es laboral de prestación de prestación de servicios por cuenta ajena La jornada de trabajo será a tiempo parcial, 17,5 horas semanales, distribuidas de lunes viernes en horario de trabajo administrativo, y será compatible con el ejercicio privado de la abogacía…
Mancomunidad de la vid y el mármol – VIDIMAR
Plaza de España, 1 (el Pinós/Pinoso)
Tel:902190900
Fax:966966064
Plazo
PENDIENTE. 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado,
Proceso selectivo
BOLSA DE TRABAJO
Tipo de prueba
Valoración de méritos
Grupo
A1 – Titulación universitaria de Grado (subgrupo 1)
Titulación
Titulación universitaria de Grado (subgrupo 1)
Requisitos generales
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tenercumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida.
f) Ostentar la condición de abogado en ejercicio y hallase colegiado al efecto.
Plazas
Descripción de las plazas
Contrato es laboral temporal regulada en el artículo 15 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. El carácter del contrato es laboral de prestación de prestación de servicios por cuenta ajena La jornada de trabajo será a tiempo parcial, 17,5 horas semanales, distribuidas de lunes viernes en horario de trabajo administrativo, y será compatible con el ejercicio privado de la abogacía previa declaración de compatibilidad por el pleno de la Mancomunidad en los términos de la ley 53/1985 de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Público.
Se fija una retribución mensual bruta de 866,88 euros [incluye el prorrateo de las pagas extraordinarias)
subvencionada de manera íntegra por la Generalitat Valenciana.
La vigencia del contrato quedará supeditada al mantenimiento de la subvención, siendo causa de rescisión de la relación contractual la supresión de aquella.
Documentación / Información
Presentarán una declaración responsable en la que manifiesten que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos siempre a la fechade expiración del plazo de presentación de solicitudes, debiendo acreditarlos posteriormente, en el caso de que fueran seleccionadas.
Otras formas de presentación
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Seguimiento
Fase: Convocatoria
Nueva Etapa: [Bases]
Dirección web
http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2018/10/22_201/2018_010390.pdf
Fecha de publicación
22/10/2018
Medio de publicación
Boletín Oficial de la Provincia de Alicante -201