Modificaciones de la Convocatoria de Ayudas para la Ejecución del Programa de Movilidad Transnacional ERASMUS+ PRÁCTICAS 2019-2020

El desarrollo de la Convocatoria de ayudas para la ejecución del programa de movilidad transnacional ERASMUS+ PRÁCTICAS 2019-2020, publicada con fecha 2 de septiembre de 2019, fue interrumpido tras la declaración del estado de alarma en nuestro país, siendo anunciada la suspensión de las prácticas presenciales mediante la Resolución de la Rectora de 1 de abril de 2020, por la que se establecen medidas en relación con el desarrollo de las prácticas curriculares y extracurriculares.


Autorizada la reanudación de prácticas presenciales por la Resolución de la Rectora de fecha 4 de junio en relación con la reanudación de las prácticas académicas externas demanera presencial, el Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad, en colaboración con el Vicerrectorado de Internacionalización de la Universidad de Granada, ha continuado con la tramitación de solicitudes de movilidad transnacional de prácticas, con fecha límite de recepción de solicitudes hasta el 30 de junio de 2020.
Además, durante el estado de alarma se han hecho públicas las actualizaciones de los términos de las ayudas por parte de las entidades financiadoras de movilidad Erasmus+, que flexibilizan los plazos y condiciones de ejecución de las movilidades por el impacto de la emergencia sanitaria.


En consecuencia, a fin de adaptar las condiciones de estancia publicadas en la Convocatoria a lo autorizado para las estancias Erasmus+ 2019/2020, este Vicerrectorado, RESUELVE adoptar las siguientes medidas:


PRIMERA. Las movilidades concedidas en el marco de esta convocatoria y que no puedan ser realizadas en las fechas previstas se podrán aplazar o posponer al curso 2020/2021 (con la excepción de las solicitudes presentadas por aquellos participantes que finalizaron los estudios en 2018/2019 y obtuvieron la plaza de movilidad con anterioridad al del 30 de septiembre de 2019 -párrafo 2.2 de la Convocatoria-, que podrán llevar a cabo su movilidad concedida hasta marzo de 2021).


SEGUNDA. A las movilidades que se pospongan al curso 2020/2021, es decir, que finalicen después del 30 de septiembre de 2020, les será de aplicación los términos de las ayudas previstas para el período de estancia realizada.

a. Ayudas SEPIE: se mantienen las condiciones económicas.
b. Ayudas Junta de Andalucía: se actualizan por la Orden de 3 de junio de 2020, por la que se determina la cuantía y las condiciones de aportación de la Administración de la Junta de Andalucía para el fomento de la movilidad académica europea de los estudiantes matriculados en las Universidades Públicas de Andalucía y seleccionados en el programa Erasmus para el curso 2020/2021.


TERCERA. El inicio de las movilidades concedidas que impliquen desplazamiento internacional estará sujeto a las restricciones de viaje existentes en país de origen y de destino.


CUARTA. Los estudiantes que se desplacen, deberán presentar por escrito declaración responsable de velar por su seguridad, de respetar de forma íntegra todas las medidas de contención que puedan tomarse a nivel nacional e internacional y de inscribirse de forma inmediata a su llegada en la oficina consular/embajada española correspondiente del país de destino. Además, deberán conocer la normativa vigente relativa a la actual crisis sanitaria en el país de destino.


Granada, a 18 de junio de 2020.


José Antonio Naranjo Rodríguez
Vicerrector de Estudiantes y Empleabilidad
Universidad de Granada

Firma (1): JOSE ANTONIO NARANJO RODRIGUEZ
En calidad de: Vicerrector/a
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