Nuevas tecnologías de la era digital rememoran comportamientos ancestrales

Un análisis de la economía colaborativa y su financiación. Una multitud que financia. Una reinvención del concepto del dinero. Un intercambio sin intermediario ni apenas coste. Se puede compartir la prima de un seguro. Son algunos de los ejemplos. La crisis económica ha hecho que sea cada vez más habitual la puesta en marcha de actividades basadas en la colaboración, el trueque o el intercambio de bienes o servicios, rememorando la economía de hace milenios.

El término inglés crowdfunding deriva de los vocablos crowd, que en español se traduce por «multitud», y funding, que se traduce como «financiación», y es conocido también en nuestro país como microfinanciación, financiación participativa, financiación colectiva, financiación popular o mecenazgo.

El monopolio de los bancos centrales en la emisión de moneda se ha visto recientemente afectado por la aparición de las llamadas monedas sociales y criptomonedas, que han supuesto una reinvención del concepto del dinero y la manera en que se crea y se hace circular.

Otra manifestación de la economía colaborativa en el mundo de las finanzas es la posibilidad de hacer transferencias internacionales de dinero u operaciones de cambio de divisas a través de estas nuevas plataformas, al margen de los bancos y con costes operativos menores.

El seguro colaborativo consiste en conectar a través de las redes sociales a personas que tienen un mismo tipo de seguro y que acuerdan compartir el coste de la prima, bajo fórmulas distintas. Aunque las aseguradoras están observando la evolución de esta tendencia de cerca, no todas han tomado un papel activo en la innovación y diversificación de sus productos para adaptarlos a la nueva realidad…

David GARCÍA-OCHOA MAYOR

Abogado, socio de Uría Menéndez

Inés NARVÁEZ BARBA

Asociada júnior, Uría Menéndez

Diario La Ley, Nº 8807, Sección Doctrina, 20 de Julio de 2016, Ref. D-290, Editorial LA LEY

LA LEY 5733/2016

La economía colaborativa es una nueva forma de efectuar operaciones económicas que permite conectar a personas que quieren ofrecer y recibir un bien o servicio, o financiar y recibir financiación para un proyecto, desde cualquier lugar del mundo, a través de plataformas digitales. El abanico de posibilidades que ofrece la economía colaborativa es muy amplio, si bien este artículo se centra en el análisis de las distintas modalidades que han ido surgiendo al respecto en el mundo financiero.

Normativa comentada
 L 5/2015 de 27 Abr. (fomento de la financiación empresarial)
Con la crisis económica, la sociedad moderna ha adaptado las nuevas tecnologías de la era digital a comportamientos ancestrales, desarrollando plataformas digitales que permiten conectar a personas que quieren ofrecer y recibir un bien o servicio, o financiar y recibir financiación para un proyecto, desde cualquier lugar del mundo y a un coste mucho menor. Esta nueva forma de realizar operaciones de intercambio se conoce como economía colaborativa.
 
Este artículo tiene por objeto analizar las distintas formas de economía colaborativa que han ido surgiendo específicamente en el mundo financiero, así como la regulación contenida al respecto en la Ley 5/2015, de fomento de la financiación empresarial, referida, entre otras materias, a alguna de las formas de crowdfunding, uno de los pocos fenómenos de la economía colaborativa que goza de desarrollo normativo en nuestro país.
 
De hecho, estas nuevas plataformas se han convertido en un fenómeno tan sencillo y evidente como revolucionario, que está reinventando el mundo de las finanzas. Las plataformas de crowdfunding, en sus distintas modalidades, son herramientas muy valiosas como canal de financiación adicional para las pymes y las start-ups tecnológicas, aunque no solo para ellas, y han permitido dinamizar y renovar algunos sectores económicos en un mundo irreversiblemente informatizado y tecnológico.
 
Por otra parte, este artículo también hace referencia a otras formas de economía colaborativa en el mundo financiero, como el uso de monedas sociales o criptomonedas, las transferencias de dinero y cambio de divisas o los seguros colaborativos.
 
Aunque este nuevo modelo económico que irrumpe con fuerza no eliminará a los sistemas tradicionales, sino que coexistirá con ellos, permitirá a los actores del tráfico financiero elegir entre unos u otros según les convenga, reduciendo la tradicional dependencia de los bancos.
 
I. INTRODUCCIÓN

La crisis económica ha hecho que sea cada vez más habitual la puesta en marcha de actividades basadas en la colaboración, el trueque o el intercambio de bienes o servicios, rememorando la economía de hace milenios.

En el marco de esta situación, la sociedad moderna ha adaptado las nuevas tecnologías de la era digital a comportamientos ancestrales, desarrollando plataformas digitales que permiten conectar a personas que quieren ofrecer y recibir un bien o servicio, o financiar y recibir financiación para un proyecto, desde cualquier lugar del mundo y a un coste mucho menor.

Esta nueva forma de hacer operaciones de intercambio es, como es sabido, lo que se conoce como economía colaborativa (sharing economy), que parte de la idea de compartir e intercambiar bienes y servicios a través de plataformas digitales, las cuales ofrecen numerosas ventajas, como la reducción de intermediarios o la posibilidad de hacer operaciones a cualquier hora del día, desde cualquier lugar del mundo y con mejoras sustanciales en la eficiencia del servicio.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia española, en su consulta pública sobre nuevos modelos de prestación de servicios, ha definido la economía colaborativa como un «intercambio entre particulares de bienes y servicios que permanecían ociosos o infrautilizados —por ejemplo, las plazas libres del coche en un viaje, el domicilio que queda vacío durante las vacaciones, herramientas que se utilizan una o dos veces tras su compra, etc.— a cambio de una compensación pactada entre las partes».

Lo cierto es que en los últimos tiempos, de menor abundancia y mayores recortes que en épocas anteriores, la sociedad ha reaccionado y ha decidido sacar la máxima rentabilidad a los bienes y servicios de que disponen los particulares. Los ciudadanos se han ido concienciando poco a poco de que, con las nuevas herramientas tecnológicas y a partir de la unión de varias personas, es mucho más fácil conseguir ahorrar o impulsar proyectos empresariales. Hay quien ha llegado a calificar esta nueva forma de economía o de consumo como de «inteligencia colaborativa», por entender que resulta de la unión de varias personas con iniciativas propias y con intereses comunes que se consiguen gracias a su puesta en marcha con la aportación de todos (1) , utilizando para lograrlo la tecnología de la información y la comunicación.

El abanico de posibilidades que ofrece la economía colaborativa es muy amplio:

Mas en:

http://diariolaley.laley.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1CTEAAiNjM0MTE7Wy1KLizPw8WyMDQzMDc0MjkEBmWqVLfnJIZUGqbVpiTnGqWmaxY0FBUX5ZagpUnZGBgaWBOQBaro7pTQAAAA==WKE

Sobre economía colaborativa:

http://www.youngmarketing.co/category/futuro/economia-colaborativa-futuro/

Foto:

http://www.elperiodico.com/es/noticias/economia/los-mapas-digitales-dan-salto-del-movil-negocios-del-futuro-4418802

Empleo UGR. Centro de Empleo y Prácticas.
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