160 Auxiliares de Administración

Gobierno del Principado de Asturias: Consejería de Hacienda y Sector Público. Uno de los temas requiere el conocimiento de La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Transparencia de la actividad pública: ámbito subjetivo de aplicación; publicidad activa; régimen general del derecho de acceso a la información pública. Todos los temas al final de la información.

Hermanos Menéndez Pidal, 7-9
Edificio Administrativo Planta 6ª
33005 Oviedo
Tel. 985 10 55 00/5500
Fax 985 10 54 55
Web http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.6308467819820cb483d97260bb30a0a0/?vgnextoid=bcc20cbf9e21b010VgnVCM100000bb030a0aR

Dirección web
https://sede.asturias.es/bopa/2018/07/26/2018-07797.pdf

 

Plazo
Abierto.

20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA de 26 de julio de 2018)

 

Fecha de publicación
26/07/2018

 

Medio de publicación
Boletín Oficial del Principado de Asturias –

 

Lugar de presentación
Para las personas que opten por la solicitud presencial, los documentos se presentarán en el Registro General Central de la Administración del Principado de Asturias, o por cualquiera de los medios establecidos en la ley de Procedimiento administrativo.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de correos, se hará en sobre abierto, para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de correos antes de ser certificada

 

¿Que tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?
Importe
6,97€

 

Plazo

ABIERTO. 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA de 26 de julio de 2018)

 

Proceso selectivo

OPOSICIÓN

 

Tipo de prueba

Concurso-oposición

 

Grupo

C2 – Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria

 

Titulación

Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria

 

Requisitos generales

 

1- Nacionalidad:
a) tener nacionalidad española.
b) ser nacional de alguno de los estados miembros de la unión europea.
c) Ser nacional de algún estado en que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores.
d) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. En las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
2. Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del Cuerpo al que se aspira ingresar
la cual se acreditará, una vez superado el proceso selectivo, mediante reconocimiento médico en el centro que
al efecto se determine, quedando supeditada la toma de posesión al cumplimiento de este requisito.
3. Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa legalmente establecida.
4. Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
autónomas, ni hallar se en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo de Auxiliares. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
5. no poseer la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de auxiliares de la administración del Principado de
asturias.
6. Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen

Plazas
Número de plazas

160

Descripción de las plazas

– 142 por turno libre
– 18 por turno libre para personas con discapacidad a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento

 

Lugar de presentación

 

Para las personas que opten por la solicitud presencial, los documentos se presentarán en el Registro General Central de la Administración del Principado de Asturias, o por cualquiera de los medios establecidos en la ley de Procedimiento administrativo.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de correos, se hará en sobre abierto, para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de correos antes de ser certificada

 

Enlaces de interés

Información en web organismo

https://sede.asturias.es/portal/site/Asturias/template.PAGE/menuitem.1100d376698158bc1c36dc72100000f7/?javax.portlet.tpst=5cf37ce37019517d5e963bb4100000f7&javax.portlet.prp_5cf37ce37019517d5e963bb4100000f7_action=inicio&javax.portlet.begCacheTok=com.vignette.cachetoken&javax.portlet.endCacheTok=com.vignette.cachetoken&inicioEmpleoPublico=true

Dirección web
https://sede.asturias.es/bopa/2018/07/26/2018-07797.pdf

 

Plazo
Abierto.

20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA de 26 de julio de 2018)

 

Fecha de publicación
26/07/2018

 

Medio de publicación
Boletín Oficial del Principado de Asturias –

 

Lugar de presentación
Para las personas que opten por la solicitud presencial, los documentos se presentarán en el Registro General Central de la Administración del Principado de Asturias, o por cualquiera de los medios establecidos en la ley de Procedimiento administrativo.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de correos, se hará en sobre abierto, para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de correos antes de ser certificada

 

¿Que tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?
Importe
6,97€

Recursos
Admite recurso potestativo de reposición.
Admite recurso contencioso-administrativo.

 

 

Anexo I
PROGRAMA TURNO LIBRE
La normativa reguladora de las materias comprendidas en este Programa se entenderá referida a la vigente el día de
la publicación en el BOPA de la resolución que señale el comienzo de las pruebas.
DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA
1. La Constitución española de 1978 (I): Título Preliminar; De los derechos y deberes fundamentales (Título I).
2. La Constitución española de 1978 (II): De la Corona (Título II); De las Cortes Generales (Título III); Del Gobierno
y de la Administración (Título IV); De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales (Título V).
3. La Constitución española de 1978 (III): Del Poder Judicial (Título VI). De la organización territorial del Estado (Tí-
tulo VIII). Del Tribunal Constitucional (Título IX); De la reforma constitucional (Título X).
4. La regulación de la Administración General del Estado en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público:
Organización administrativa; Los Ministerios y su estructura interna; Órganos territoriales; De la Administración General
del Estado en el exterior (Título I).
http://www.asturias.es/bopa
BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
núm. 173 de 26-VII-2018 15/17
Cód. 2018-07797
5. El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias: Título Preliminar; De las competencias del Principado de
Asturias (Título I); De los órganos institucionales del Principado de Asturias (Título II); De los órganos auxiliares del
Principado de Asturias (Título II.bis); De la Administración de Justicia (Título III); Hacienda y Economía (Título IV); Del
control sobre la actividad de los órganos del Principado (Título V); De la reforma del Estatuto (Título VI).
6. La Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno. La Ley del Principado
de Asturias 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración.
DERECHO ADMINISTRATIVO Y COMUNITARIO
1. El Tratado de la Unión Europea: Disposiciones sobre las instituciones (Título III).
2. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Disposiciones Generales (Título Preliminar); De los interesados en el procedimiento (Título I); De la actividad de las Administraciones
Públicas (Título II); De los actos administrativos (Título III); De las disposiciones sobre el procedimiento
administrativo común (Título IV); De la revisión de los actos en vía administrativa (Título V).
3. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Disposiciones generales (Capítulo I del
Título Preliminar); De los órganos de las Administraciones Públicas (Capítulo II del Título Preliminar); Funcionamiento
electrónico del sector público (Capítulo V del Título Preliminar); Relaciones Interadministrativas (Título III).
4. La Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.
5. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Ámbito de aplicación (artículo 2); Personal al
servicio de las Administraciones Públicas (Título II); Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos
(Título III); Adquisición y pérdida de la relación de servicio (Título IV); Situaciones administrativas (Título VI); Régimen
disciplinario (Título VII).
6. La Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Administración del Principado de
Asturias: Ámbito de aplicación; Clases y definiciones de personal (Título I); Ordenación de la Función Pública (Título III);
Acceso y promoción del personal (Título IV); Régimen disciplinario (Capítulo VII del Título V). El Reglamento de jornada,
horario, vacaciones y permisos de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y
entes públicos.
7. El V Convenio colectivo para el personal laboral de la Administración del Principado de Asturias: Ámbito de aplicación
(Capítulo I); Jornada, horario de trabajo, vacaciones, permisos, licencias, suspensión y extinción del contrato de
trabajo (Capítulos V y VI y Acuerdos del Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2013, de 8 de octubre de 2012 y de 27
de enero de 2016); Régimen disciplinario (Capítulo IX); Derechos sindicales, formación y perfeccionamiento profesional
y asistencia social (Capítulo X).
8. El texto refundido régimen económico y presupuestario del Principado de Asturias: Normas generales (Capítulo I);
De los presupuestos (Capítulo II); De la Intervención y la contabilidad (Capítulo IV). El Decreto 70/2004 por el que se
desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General del Principado de Asturias. La Resolución
de 16 de mayo de 2005, de la Consejería de Economía y Administración Pública, por la que se establece el sistema de
información contable de la Administración del Principado de Asturias y su sector público y se aprueban las normas sobre
los procedimientos de gestión, tramitación y régimen de contabilidad en la ejecución del presupuesto de gastos.
9. El texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (I): Normas preliminares; Campo de aplicación y
estructura del sistema de la Seguridad Social; Afiliación y cotización; Acción protectora: disposiciones generales, reconocimiento,
determinación y mantenimiento del derecho a las prestaciones (Capítulo I, Capítulo II, Secciones 1 y 2 del
Capítulo III y Secciones 1 y 2 del Capítulo IV del Título I).
10. El texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (II): El Régimen General de la Seguridad Social: Campo
de aplicación; Aspectos comunes de la acción protectora; Normas generales en materia de prestaciones (Capítulo I,
Capítulo III y Capítulo IV del Título II).
11. El Servicio de Atención Ciudadana de la Administración del Principado de Asturias: El Decreto 89/2017, de 20 de
diciembre, por el que se regula la atención ciudadana y las oficinas de asistencia en materia de registros en la Administración
del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos (Título I). La información general y particular al
ciudadano (Capítulo I del Real Decreto 208/1996). El Decreto 61/2014, de 25 de junio, por el que se regulan las cartas
de servicios en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias.
12. La documentación administrativa: su naturaleza y función. El Decreto 21/1996, de 6 de junio, por el que se regula
la organización y funcionamiento del sistema de los archivos administrativos de la Comunidad del Principado de Asturias.
El Decreto 89/2017, de 20 de diciembre, por el que se regula la atención ciudadana y las oficinas de asistencia en materia
de registros en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos (Título II). El Decreto
111/2005, de 3 de noviembre, del Registro telemático.
13. El Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Principios y derechos. Obligaciones. (Capítulos II
y III). La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Transparencia
de la actividad pública: ámbito subjetivo de aplicación; publicidad activa; régimen general del derecho de acceso
a la información pública (Capítulo I, Capítulo II y Sección 1.ª del Capítulo III del Título I).
14. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de
aplicación (Título Preliminar); el principio de igualdad y tutela contra la discriminación (Título I). La Ley del Principado
de Asturias 2/2011, de 11 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género:
Disposiciones generales (Título Preliminar); Políticas públicas para la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres
(Título I). El Real Decreto Legislativo 1/2013, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general d….