Control del tránsito e inspección de operaciones aéreas. Oposiciones

Escala de Grado Medio de los OO.AA del Ministerio de Fomento.  Especialidades de Navegación (Código 6209C) y Operaciones Aéreas (Código 6209B). En el apartado físico se es muy exigente en la capacidad visual y auditiva. Tras aprobar la oposición y pasar las pruebas psicoténicas, el futuro controlador comienza un periodo de formación que dura 18 meses. Durante esta fase, AENA puede extinguir la relación y prescindir del candidato.
Después del periodo de formación, AENA obliga a otro de habilitación, en función del puesto concreto que vaya a desempeñar cada controlador. Este curso dura de tres a seis meses. Una vez finalizado, el candidato obtiene la licencia oficial de controlador.
Trabajan en turnos de seis y doce horas, repartidos en cuatro días de trabajo y dos de descanso. En una hora y en grandes aeropuertos pueden llegar a gestionar 78 vuelos.

http://www.20minutos.es/noticia/606916/0/requisitos/controlador/aereo/

Para el perfil inspector de operadores aéreos se requieren licencias de piloto. Ver las dos convocatorias a continuación.

Organismo

 

Ministerio de Fomento
Paseo de la Castellana, 67
28046 Madrid
Tel. 91 597 87 87
Webhttp://www.fomento.es

 

Plazo

ABIERTO. 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. (BOE nº 3 de 04/01/2017)

 

Proceso selectivo

OPOSICIÓN

 

Tipo de prueba

Concurso-oposición

 

Grupo

A2 – Titulación universitaria de Grado (subgrupo 2)

 

Titulación específica

Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, o Grado.

 

Requisitos específicos

TITULACIÓN
Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, o Grado.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

Adicionalmente a la titulación requerida, será necesario:

– Estar en posesión de una licencia de Controlador de Tránsito Aéreo emitida de acuerdo con el Reglamento (UE) Nº 805/2011 de la Comisión, de 10 de agosto de 2011, por el que se establecen normas detalladas para las licencias y determinados certificados de los controladores de tránsito aéreo en virtud del Reglamento (CE) Nº 216/2008 del
Parlamento Europeo y del Consejo y/o con el Reglamento (UE) n.º 2015/340 de la Comisión, de 20 de febrero, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relativos a las licencias y los certificados de los controladores de tránsito aéreo en virtud del Reglamento (CE) n.º 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo,
se modifica el Reglamento de ejecución (UE) n.º 923/2012 de la Comisión y se deroga el Reglamento (UE) n.º 805/2011 de la Comisión.

– Disponer de las siguientes agrupaciones de habilitaciones:
a) Para el perfil de controlador de aeródromo: ADV y/o ADI.
b) Para el perfil de controlador de aproximación: APP y/o APS.
c) Para el perfil de controlador de área: ACP y/o ACS.

– Disponer de una anotación vigente de idioma en español, con nivel 4, 5 o 6 según lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 805/2011 y/o Reglamento (UE) n.º 2015/340, o disponer de un Certificado expedido de conformidad con el citado
Reglamento acreditativo del nivel de español.

EXPERIENCIA
Se requiere haber ejercido las atribuciones de la licencia de controlador de tránsito aéreo durante un período mínimo de dos años, ya sea de manera consecutiva o discontinua, trabajando para un proveedor de servicios de tránsito aéreo certificado y sujeto al ámbito de estandarización de la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA) en el dominio ATM/ANS.
La experiencia mínima de dos años a la que se refiere el párrafo anterior podrá reducirse a un año siempre y cuando pueda acreditarse, adicionalmente, haber ejercido las atribuciones de una licencia de controlador de tránsito aéreo trabajando para un proveedor de servicios de tránsito aéreo distinto a los que se refiere el párrafo anterior durante un periodo mínimo de dos años, ya sea de manera continua o discontinua.
Para la acreditación de estos requisitos se deberá aportar los certificados, contratos, etc., correspondientes junto con la instancia.

 

Tasa ordinaria

22,42 €

Descripción de la tasa

PAGO ELECTRÓNICO: se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo (BOE de 2 de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónico de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.

PAGO PRESENCIAL: Podrá efectuarse el pago en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito colaboradora, para ello será necesario presentar el formulario de solicitud debidamente cumplimentado en dichas entidades. En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

En las solicitudes suscritas en el extranjero se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número IBAN ES06-0182-2458-1002-0000-0489, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Fomento. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria desde el extranjero.

 

Exención / Reducción tasas

 

EXENCIONES / DESCUENTOS

Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la convocatoria. Estas personas deberán acompañar a la instancia estos dos documentos:
1. Certificado emitido por los servicios públicos de empleo donde conste desde que fecha figura como demandante de empleo y que en ese plazo no ha rechazado oferta de empleo adecuada ni acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
2. Declaración jurada o promesa escrita del solicitante en la que conste que no percibe rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimos Interprofesional.

c) Familias numerosas:
Tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50% los miembros de las familias de la categoría general (la tasa será de 11,21 €).
La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia compulsada del correspondiente título actualizado, que deberá adjuntarse a la solicitud.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

 

Plazas

Número de plazas

7

Descripción de las plazas

Sistema general de acceso libre.

La distribución de las plazas convocadas es la siguiente:
– 3 plazas con el perfil de controlador de aeródromo.
– 2 plazas con el perfil de controlador de aproximación.
– 2 plazas con el perfil de controlador de área.

Si en alguno de los perfiles quedaran sin cubrir plazas, éstas se podrán acumular a los otros perfiles según el siguiente orden de prelación: control de área a control de aproximación, y control de aproximación a control de aeródromo. Si se produjeran vacantes en el perfil de control de aeródromo, se acumularían a control de área.

 

Documentación / Información

 

Los interesados podrán cumplimentar la solicitud por cualquiera de los medios siguientes:

a) Vía electrónica: Se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Procesos Selectivos del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/ips), siendo necesario como requisito previo para la inscripción poseer un certificado digital de persona física válido o el DNI electrónico con los certificados activados.
La cumplimentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo 790
– Anexar documentos a su solicitud.
– El pago electrónico de las tasas
– El registro electrónico de la solicitud. El proceso estará completado una vez que se muestran los justificantes de pago
y registro de la inscripción.

b) En soporte papel: Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790, a través del punto de acceso general http://administración.gob.es/PAG/ips. Una vez cumplimentada la solicitud deberán generarla e imprimirla para su pago y posterior presentación. Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias).

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV y se dirigirá a la Sra. Subsecretaria de Fomento, del Ministerio de Fomento, paseo de la Castellana, número 67, 28071 Madrid

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente que determine cada convocatoria.

 

Lugar de presentación

 

 

La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

a) Los interesados podrán presentar la solicitud por vía electrónica haciendo uso del servicio «Inscripción en Procesos Selectivos» del punto de acceso general http://administración.gob.es/PAG/ips).

En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, esta podrá adjuntarse en la solicitud telemática o podrá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.

b) Igualmente podrá presentarse en el Registro General de Ministerio de Fomento, Paseo de la Castellana, 67, 28071-Madrid, o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

c) Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.

 

Otras formas de presentación

a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

—————————–

 

Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de OO.AA del Ministerio de Fomento, especialidad Operaciones Aéreas.(Código 6209B)

 

Organismo

 

Ministerio de Fomento
Paseo de la Castellana, 67
28046 Madrid
Tel. 91 597 87 87
Webhttp://www.fomento.es

 

Plazo

ABIERTO. 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. (BOE nº 3 de 04/01/2017)

 

Proceso selectivo

OPOSICIÓN

 

Tipo de prueba

Concurso-oposición

 

Grupo

A2 – Titulación universitaria de Grado (subgrupo 2)

 

Titulación específica

Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, o Grado.

 

Requisitos específicos

TITULACIÓN
Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, o Grado
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

Adicionalmente a la titulación requerida, será necesario:

A. Para el perfil inspector de operadores aéreos de avión (ATPL-A):
a) Disponer o haber dispuesto de Licencia de Piloto de Transporte de Línea Aérea de avión (ATPL-A).
b) Disponer o haber dispuesto de al menos una habilitación de tipo de avión multimotor de turbina.
c) Acreditar un mínimo de 5.000 horas de vuelo, de las cuales al menos 2.500 horas serán como Comandante.
d) Haber ejercido de comandante en una compañía de transporte aéreo comercial.

B. Para el perfil de inspector de operadores aéreos de helicóptero y trabajos aéreos con helicóptero (ATPL-H o CPL-H)
a) Disponer o haber dispuesto de Licencia de Piloto de Transporte de Línea Aérea de helicóptero (ATPL- H) o de Licencia de Piloto Comercial de Helicóptero (CPL-H).
b) Disponer o haber dispuesto de al menos una habilitación de tipo de helicóptero de turbina.
c) Acreditar un mínimo de 2.500 horas de vuelo, de las cuales al menos 1.000 horas serán como Comandante.
d) Haber ejercido de comandante en una compañía de transporte aéreo comercial.
e) Acreditar experiencia en compañías de trabajos aéreos.

C. Para el perfil de inspectores de trabajos aéreos con avión (CPL-A)
a) Disponer o haber dispuesto de Licencia de Piloto Comercial de avión (CPL-A).
b) Acreditar un mínimo de 2.500 horas de vuelo, de las cuales al menos 1.000 horas serán como Comandante.
c) Acreditar experiencia en compañías de trabajos aéreos.

D. Para el perfil de inspector de organizaciones de formación aeronáutica (ATO) (CPL-A).
a) Disponer o haber dispuesto de Licencia de Piloto de comercial (CPL).
b) Acreditar un mínimo de 2.000 horas de vuelo, con experiencia en instrucción. 4.3

 

Enlaces de interés

 

Información en web organismo

http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/ATENCION_CIUDADANO/EMPLEO_PUBLICO/PS/2016/PF/default.htm

 

Seguimiento
Fase: Convocatoria

 

Nueva Etapa: [Bases y apertura de plazo]